¿Hay seguros de salud que cubren deportes peligrosos?

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Debido a sus características y a la forma en que se practican, existen deportes que se consideran peligrosos o extremos, y quizá te preguntes. ¿Los seguros de salud cubren dichas actividades? Aquí te damos la respuesta.

Aunque no existe una definición específica de deportes peligrosos, y en ocasiones también se les nombra como “extremos”; se hace referencia a actividades cuya práctica involucra un elevado grado de peligro o riesgo físico. El paracaidismo, salto, ala delta, motocross, escalada o realizar kayak por aguas rápidas, son algunos ejemplos de estos deportes peligrosos.

Lo cierto es que todos estos deportes exigen medidas de seguridad para llevarse a cabo, además, en su mayoría se realizan endeporte peligroso y seguro de salud compañía de un instructor o bajo la supervisión de una persona experta. Sin olvidar, que se debe portar los equipos de seguridad convenientes y otras protecciones para el cuerpo, todo ello con el objetivo de evitar lesiones y reducir riesgos.

Sin embargo, los accidentes pueden ocurrir, y en esos casos existen seguros de salud en el mercado que, dentro de sus servicios (condiciones), cubren los gastos a consecuencia de la práctica ocasional o vacacional de ciertos deportes peligrosos.

Por ejemplo: montañismo, alpinismo, rapel, buceo, charrería, esquí, tauromaquia, box, entre otros.

A nivel general, las lesiones más comunes derivadas de realizar algún deporte de este tipo son: lesiones en la cabeza, traumas en la zona del tórax, lesiones en el abdomen, así como fracturas en diferentes partes del cuerpo. Por lo cual, si no se contara con algún tipo de seguro médico, el monto a pagar para la atención y tratamiento no sería menor.

¿Plan Seguro cubre deportes peligrosos?

La respuesta es SÍ, pero es importante acotar que en Plan Seguro se considera como deporte peligroso, por mencionar algunos, al buceo, esquí, tauromaquia, box, lucha libre, cacería, motociclismo, go karts, paracaidismo o cualquier tipo de deporte aéreo. Además, dicho deporte debe practicarse máximo DOS veces al mes, de esa forma se pueden cubrir los gastos erogados a consecuencia. Si se participa en competencias oficiales y/o en exhibiciones, no se cubren dichos gastos.

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